El Cabildo de Lanzarote publica en el BOP las nuevas Bases Reguladoras de las Subvenciones a Proyectos Culturales

Publicado en agosto 2020

El plazo para presentar alegaciones comienza este lunes 10 de agosto y finalizará el próximo 22 de septiembre

El texto presenta novedades con respecto a las anteriores bases, como nuevas modalidades subvencionables o la posibilidad de ampliar del plazo de ejecución a dos años 

El documento recibió el apoyo de todos los grupos políticos en el último pleno de la Corporación 

Además, se adaptan a las leyes 39/2015 y 40/2015 de Procedimiento Administrativo Común y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

Lanzarote, 10 de agosto de 2020

El Cabildo de Lanzarote publicó el pasado viernes 7 de agosto, en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), las Bases Reguladoras de las Subvenciones a Proyectos Culturales

Los interesados en presentar alegaciones al documento dispondrán de un plazo de 30 días hábiles para hacerlo, contando desde el día siguiente a su publicación, por lo que el plazo comienza hoy lunes 10 de agosto y finalizará el próximo martes 22 de septiembre, inclusive. 

El documento fue aprobado por unanimidad en el pasado pleno ordinario del Cabildo de Lanzarote del 31 de julio, recibiendo el apoyo de todos los grupos políticos representados en la Corporación. 

Alberto Aguiar, consejero de Cultura del Cabildo de Lanzarote, departamento que ha elaborado y presentado las Bases, ha querido hacer público su reconocimiento a todos los partidos políticos. “Quisiera manifestar públicamente mi agradecimiento a todos los grupos políticos del Cabildo de Lanzarote, tanto a los que conforman el grupo de Gobierno, PSOE y PP, como a los de la oposición, CC y Unidas-Podemos, ya que han avalado el excelente trabajo desarrollado por los técnicos del área de Cultura y han sabido reconocer el momento crítico por el que pasa el sector cultural de la isla y, en consecuencia, valorar la importancia de poder contar con unas bases de subvenciones que contribuyan a sacar muchos proyectos culturales lanzaroteños adelante”, ha manifestado el consejero.

Nuevas modalidades subvencionables y ampliación del plazo de ejecución a dos años

Estas Bases Reguladoras de las Subvenciones a Proyectos Culturales del año 2020 presentan varias novedades con respecto a las bases de los años anteriores. Tal como recuerda el propio Alberto Aguiar, quizás la principal novedad sea su adaptación al marco normativo establecido por la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

Ambas leyes regulan, entre otras cosas, la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva por parte de las administraciones. 

También se amplían las modalidades subvencionables, pasando de tres a cuatro modalidades. Se añade la modalidad de “Adquisición de vestimenta e instrumentos musicales para formaciones musicales folclóricas y de música académica, asociadas al desarrollo de un proyecto que lo justifique”.

Esta modalidad se suma a las ya existentes de “Publicación en soporte físico o digital de proyectos artísticos, literarios y/o de estudios sobre patrimonio artístico-cultural de Lanzarote”; la “Producción y ejecución de actividades artístico-plásticas, musicales escénicas o de videocreación, así como proyectos formativos sobre las artes y la cultura en Lanzarote”; y los “Desplazamientos y alojamientos derivados de los proyectos culturales producidos en Lanzarote por agentes o creadores insulares, y que vayan a desarrollarse, exhibirse o ponerse en escena fuera de la isla, debiendo ser acciones culturales abiertas al público”. 

Otra de las novedades es la ampliación del plazo de ejecución que permite que, según lo que se decida en cada convocatoria, pueda ampliarse a dos años y no quede circunscrito exclusivamente al año en el que se convocan.

También se establece como novedad la posibilidad de pode contar con una entidad colaboradora para la gestión de las subvenciones, tal como establece el artículo 12 de la Ley 28/2003 General de Subvenciones. 

Un cantidad de 100.000 euros que podría llegar a los 200.000 

En cuanto a su cuantía, las novedades son también varias. Por un lado, la cuantía inicialmente asignada es de 100.00 euros, un incremento del 25 % con respecto a la última convocatoria, cuyo importe había sido de 80.000. Pero además esa cifra podría incrementarse, según la disponibilidad de crédito a nivel de bolsa de vinculación en la misma partida presupuestaria, hasta en un 100 %, llegando a los 200.000 euros. 

La efectividad de la citada cuantía adicional queda condicionada a la disponibilidad de crédito como consecuencia de las circunstancias previstas en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Subvenciones.

Asimismo, en cada convocatoria se podrá establecer una cantidad fija por modalidad, y en el caso de que alguna de ellas no dsitribuyera la totalidad del crédito asignado, el sobrante podría destinarse a completar otra modalidad. 

Nota: Las Bases completas pueden consultarse aquí.

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